¿Tengo que declarar impuestos sobre mis ganancias si apuesto online en Perú?

Una duda común tras la regulación de las apuestas online es si los jugadores (apostadores) deben pagar impuestos por el dinero que ganan apostando. En Perú, la legislación ha establecido impuestos a la actividad de las apuestas en línea, pero ¿afectan estos impuestos directamente al usuario ganador? Aquí aclararemos este tema de forma sencilla.

Según el artículo 20 de la Ley del Impuesto a la Renta (IR), las ganancias obtenidas por los apostadores en las apuestas deportivas se consideran rentas de segunda categoría, sujetas al pago del IR con una tasa del 5% sobre el monto ganado. Sin embargo, existe una excepción para las ganancias que no superen las 7 UIT (Unidad Impositiva Tributaria) al año, que equivalen a S/37,450 para el 2025, dado que el valor de la UIT es de S/5,350 según el Decreto Supremo N.º 260-2024-EF. Estas ganancias están exoneradas del pago del IR, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones, como que las apuestas se realicen en establecimientos autorizados por la SUNAT y se emita un comprobante de pago que acredite la ganancia obtenida.

No obstante, las ganancias eventuales de apuestas no están tipificadas como renta gravada para jugadores ocasionales según la normativa vigente.

Impuestos aplicados a las apuestas online

Con la Ley N.º 31557 se creó el Impuesto a los Juegos y Apuestas Deportivas a Distancia, que grava a las empresas operadoras con el 12% de sus ingresos netos.

Adicionalmente, en septiembre 2024, se introdujo el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) específico para las apuestas en línea, regulado por el Decreto Legislativo N.º 1644 y el Decreto Supremo N.º 008-2025-EF.

¿Cómo funciona el ISC?

El ISC se aplica directamente sobre el monto apostado por el jugador en cada jugada. La tasa vigente es de 0.3% hasta el 30 de junio de 2025, y subirá al 1% a partir del 1 de julio de 2025.

Por ejemplo:
Si realizas una apuesta de S/100, actualmente pagarás un ISC de S/0.30. A partir de julio 2025, esa misma apuesta generará un impuesto de S/1.

Este impuesto es gestionado por las casas de apuestas, quienes retienen automáticamente el monto correspondiente en cada jugada y lo declaran ante la SUNAT.

El jugador no realiza trámites ni cálculos: el impuesto ya se descuenta al momento de apostar.

¿Gravan mis ganancias o retiros?

No. Las ganancias que obtienes al apostar no están sujetas a un impuesto adicional a cargo del jugador más allá del ISC mencionado. La normativa vigente no establece un impuesto a las ganancias del apostador como tal. Esto difiere de otros países donde los premios de juego pueden considerarse renta. En Perú, el enfoque fue gravar las apuestas (consumo) y los ingresos de la empresa, pero no se creó un impuesto específico sobre el premio obtenido por la persona.

Por lo tanto, si apuestas S/50 y logras ganar S/500, no tienes que declarar esos S/500 como renta imponible en tu declaración anual, ni pagar impuesto a la renta por ellos. El Estado ya cobró su parte vía ISC cuando realizaste la apuesta, y le cobrará a la casa de apuestas el 12% sobre sus ingresos.

Si bien la Ley del Impuesto a la Renta contempla rentas de segunda categoría, la actual regulación de apuestas online no considera las ganancias eventuales de apuestas como renta gravada para jugadores ocasionales. Solo en casos de actividad profesionalizada y sostenida podría evaluarse su tributación, pero dicha figura no está regulada en Perú en 2025.

Resumen de cargas tributarias en una apuesta:

  • Al apostar, pagas ISC 0.3%-1% (lo retiene la casa automáticamente).
  • Si ganas, la casa paga tu premio completo (no te descuenta nada por impuesto).
  • A fin de mes, la casa pagará 12% sobre el neto de ingresos que tuvo (lo cual conceptualmente proviene de margen de apuestas de todos los usuarios).

No hay un paso en el que tú, como jugador, debas tributar o informar algo a la SUNAT por esos ingresos de juego.

Obligaciones del jugador frente a SUNAT

Si bien las casas de apuestas son responsables de la percepción y pago del ISC, los jugadores deben considerar que, en caso de que sus ganancias superen las 7 UIT anuales y no se cumplan las condiciones de exoneración, podrían estar obligados a declarar y pagar el IR correspondiente. Es importante que los jugadores lleven un registro de sus ganancias y consulten con un asesor tributario para determinar si tienen obligaciones adicionales.

En febrero de 2025, la SUNAT implementó el Formulario Virtual 702 – Juegos y Apuestas para la declaración de impuestos relacionados con juegos y apuestas en línea. Este formulario es de uso exclusivo para las empresas operadoras y no afecta al jugador en su calidad de apostador ocasional. Fuente oficial: El Peruano – SUNAT Formulario 702↗.

No debes llenar formularios especiales ni incluir estos montos en tu Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de personas naturales (ya que la ley no los cataloga como renta gravada para el jugador).

La única situación excepcional sería si te dedicases profesionalmente a apostar (ej. apuestas altísimas, como actividad empresarial). Pero incluso en ese caso, la naturaleza de las ganancias de juego no está tipificada como actividad empresarial sujeta a renta en Perú – son ganancias ocasionales, producto del azar/deporte. Distinto sería si fueses trader de apuestas registrado, pero esa figura ni siquiera existe formalmente.

En pocas palabras: no tienes que “declarar impuestos” por ganar apuestas, porque los impuestos relacionados ya fueron capturados en el ecosistema:

  • SUNAT controla que las casas paguen sus impuestos (y de hecho en febrero 2025 se recaudaron S/5 millones por el nuevo impuesto a apuestas online sólo en ese mes inaugural).
  • Las casas ajustan cuotas o absorben el ISC de cada jugada.

La SUNAT vigila estrictamente el cumplimiento tributario de las casas de apuestas autorizadas, mediante mecanismos como el Formulario 702, pero el jugador no tiene actualmente ninguna obligación de declarar sus premios de apuestas en línea como renta personal.

¿Y si mis ganancias son muy grandes?

Algunos usuarios se preguntan: “¿Qué pasa si gano una suma grande y la deposito en mi cuenta bancaria? ¿La SUNAT se dará cuenta?”. Desde el punto de vista impositivo, no existe un tributo directo sobre ese dinero. Sin embargo, hay consideraciones prácticas:

  • Los bancos en Perú, siguiendo normas antilavado, pueden reportar movimientos inusuales o grandes (montos elevados, digamos más de US$10,000 o su equivalente ~S/37,000, según regulaciones SBS). Esto es independiente de que provengan de juego o de cualquier fuente. En algunos casos, tu banco podría preguntarte el origen de fondos si recibes transferencias muy voluminosas de una casa de apuestas. Presentando el comprobante de retiro o constancia de premio, suele ser suficiente.
  • SUNAT y UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) reciben reportes globales de movimientos bancarios altos, pero eso no implica que te vayan a cobrar algo por ello, solo es monitoreo para prevenir evasión o lavado.
  • Cabe señalar que las casas licenciadas identifican a sus usuarios y llevan registro de pagos, de modo que todo queda transparente. Si se diera el hipotético caso de que en el futuro Hacienda decidiera gravar las ganancias de jugadores, tendría cómo obtener la información. Por ahora, ese no es el caso.

En la situación actual, incluso si ganaras el pozo de un jackpot de casino online (ej. S/1 millón), la responsabilidad del impuesto sería de la casa (por el 12% aplicable a sus ingresos) y tú recibirías tu premio íntegro sin retenciones del Estado peruano. Luego, podrías gastarlo o invertirlo libremente. No hay un “impuesto a los premios” como existe en loterías físicas (donde sí hay retención de 10% en premios de lotería tradicionales en Perú).

Comparación internacional

Solo como referencia: en otros países a veces hay que declarar ganancias de juego. Por ejemplo, en España las ganancias netas de juego en el año se suman a la base imponible del IRPF del contribuyente. En EE.UU., los premios de gambling pueden tener retenciones federales. Perú ha optado por un modelo distinto, gravando a los operadores y no a los jugadores. Esto hace la vida más simple al usuario peruano: no lidia con el fisco por sus apuestas.

El gobierno peruano consideró en algún momento proponer un impuesto a las ganancias (hubo debates sobre un posible 12% a las ganancias de jugadores profesionales), pero finalmente no se implementó nada de eso en la normativa actual. Más bien, se enfocaron en el ISC como un impuesto al consumo inmediato.

Conclusión

No, los jugadores no tienen que declarar impuestos por sus ganancias obtenidas en apuestas online en Perú. La estructura impositiva vigente carga los impuestos a:

  • Las apuestas en sí (ISC gestionado por la casa).
  • Los ingresos brutos/netos de las empresas (12% que paga la casa mensualmente).

Si eres un apostador, puedes estar tranquilo de que cuando retiras tus ganancias, ese dinero ya está “limpio” de impuestos desde el punto de vista legal.

Por supuesto, siempre es recomendable llevar un registro personal de tus apuestas y premios, por orden y por si el banco u otra entidad preguntara. Pero reiteramos: no hay obligación de incluir las ganancias de apuestas en ninguna declaración tributaria personal.

Aprovecha entonces de tus ganancias para lo que desees (ahorro, diversión, etc.) sabiendo que el Estado ya cobró lo que le correspondía a través de los mecanismos mencionados. ¡Y recuerda siempre apostar con responsabilidad, más allá del tema impositivo!.

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